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Ciclomotores, quads, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos deberán pasar la ITV.
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Actualizado el ( jueves, 12 de abril de 2007 )
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El pasado día 22 de Septiembre de 2006, entró en vigor el Real Decreto por el que los ciclomotores, quads, vehículos de tres ruedas , cuadriciclos, y cuadriciclos ligeros están obligados a pasar la ITV, a la que no estaban obligados hasta el momento.
De todas formas, las comunidades autónomas tienen una moratoria de hasta tres años para cumplir la ley. El Gobierno Central ha concedido este período de tiempo para que las comunidades autónomas puedan adaptarse a la nueva normativa.
La potestad para fijar la fecha de entrada en vigor de la obligatoriedad de la Inspección Técnica de Vehículos, queda en manos de cada CCAA, siempre que el retraso sea menor de tres años desde la publicación en el BOE de la nueva normativa, es decir, antes del 21 de Junio de 2009.
El ejecutivo ha tenido en cuenta que el desplazamiento de los ciclomotores a las estaciones de la ITV puede verse imposibilitado, ya que estos vehículos no pueden circular por autopístas ni autovías. Por este motivo, en muchos casos será necesario habilitar estaciones móviles que se desplacen a los centros urbanos para realizar dichas inspecciones.
Según la nueva ley, todos estos vehículos, deberán pasar la inspección primera a los tres años mientras que las posteriores inspecciones se realizarán de forma bienal.
Por otra parte, cabe recordar tambien que la modificación de la normativa de ITV tambien ha afectado a las motocicletas, que deben ya pasar su primera inspección obligatoria a los cuatro años de su matriculación, en lugar de a los cinco años como estaba establecido hasta ahora y las posteriores continúan cada dos años.
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